Se eliminaron algunas disposiciones para operar en moneda extranjera, como la imposibilidad de transferir dólares a cuentas con una antigüedad menor a 180 días
Por tal motivo, aún cuando tenga indicios de que la transferencia que recibe no está cumpliendo con alguna parte de las restricciones aún vigentes, los bancos receptores no lo considerarán un motivo para rechazar la operación.
En otro orden, el BCRA también derogó algunas disposiciones enmarcadas en el principio conocido como “conozca a su cliente”, que insta a las entidades bancarias a precisar la identidad y los movimientos de cada depositante con el objetivo de detectar posibles operaciones de lavado de dinero.
De esa forma, dejó de tener vigencia un apartado de la normativa que obligaba a los bancos a tomar “recaudos especiales de manera previa a la efectivización de una transferencia, a los fines de continuar con la política de minimizar el riesgo”. Los bancos ya no deberán objetar operaciones relacionadas con los tres siguientes supuestos:
– Cuentas de destino que no hayan sido previamente asociadas por el originante de la transferencia a través de cajeros automáticos, en sede de la entidad financiera o por cualquier otro mecanismo que ella considere pertinente.
– Cuentas de destino que no registren una antigüedad mayor a 180 días desde su apertura.
– Cuentas que no hayan registrado depósitos o extracciones en los 180 días anteriores a la fecha en que sea ordenada la transferencia inmediata.
Una de las primeras decisiones de la actual conducción del BCRA consistió en anular la obligación para los bancos de bloquear la segunda transferencia en dólares hacia una misma cuenta bancaria en un mismo mes. Hasta el año pasado, había una disposición del Banco Central que frenaba las transacciones en dólares hacia cuentas bancarias, por lo que si el usuario compraba dólares financieros solo podía transferirlos a su banco una vez por mes. Si el cliente hacía una segunda operación desde su cuenta comitente de la app a su caja de ahorro bancaria, el banco tenía obligación de bloquearla y pedir documentación que respaldara esa operación.
A pesar de que esa norma, una de las más complicadas del cepo para la operatoria de dólar MEP, ya dejó de estar vigente en diciembre pasado, algunos bancos pidieron al BCRA que se deroguen también las disposiciones vinculadas al principio “conozca a su cliente”. Por ese motivo, solicitaron que se anulen los tres requisitos mencionados anteriormente.
La flexibilización conocida hoy no puede escindirse del escenario del blanqueo, en el que el Gobierno apunta especialmente a aquellos que pueden regularizar montos menores a USD 100.000 y en efectivo, y habrá movimientos entre las cuentas existentes y las nuevas Cuentas Especiales para la Regularización de Activos (CERA), tanto en dólares como en pesos.
Al mismo tiempo, la decisión que tomó hoy el Directorio del Banco Central puede sumarse a la lista cada vez más larga de pequeñas medidas para desarmar el intrincado esquema de restricciones cambiarias construido a lo largo de muchos años. En ese camino de desactivar el cepo, la semana pasada el Central elevó de USD 10.000 a USD 100.000 el tope a partir del cual es obligatorio informar compras de dólares con antelación en el mercado libre de cambios, facilitando las operaciones de bajos montos. También eliminó un registro para importadores al que era necesario adherirse para poder hacer pagos de comercio exterior.
En julio también se habían dictado normas para flexibilizar. El BCRA quitó la restricción para comprar dólares en el mercado financiero (dólar MEP y contado con liquidación) a aquellas personas que habían recibido ayuda salarial del Estado durante la pandemia a través del programa ATP y también a quienes reciben subsidios a las tarifas de los servicios públicos.